En Julio del año 2005, la SEC mediante la Resolución #1439, establece el procedimiento obligatorio para la comunicación y puesta en servicio de los cercos considerándolos sistemas o instalaciones eléctricas especiales y de esta manera busca hacer posible el control de este tipo de instalaciones.
Los puntos relevantes de este procedimiento son el requisito de poseer la licencia de instalador eléctrico autorizado para poder ejecutar la instalación y firmar los planos que también deben ser firmados por el propietario del cerco eléctrico, asignándole a esté último una cuota de responsabilidad por el tipo instalación realizada en su propiedad.